Preguntas Frecuentes Seguros de Garantía
Llámanos al
Preguntas frecuentes
¿Quienes intervienen?
Compañía de Seguros: Entidad aseguradora que emite la póliza.
Tomador o Contratante: Persona natural o jurídica que solicita la emisión de una póliza de garantía para garantizar las obligaciones que contrae con el asegurado.
Asegurado: Persona natural o jurídica que tiene derecho a exigir el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el tomador.
Beneficiario: Persona natural o jurídica designada por el asegurado, solo para recibir el pago de indemnizaciones a que haya lugar conforme a la póliza, sin que posea otro derecho respecto de esta.
¿Cuáles son los riesgos comúnmente cubiertos?
Seriedad de Oferta: garantiza la primera fase de un proyecto, cual es la recepción de las ofertas de los distintos proponentes, antes de adjudicar y suscribir el contrato respectivo. La existencia de la póliza, aminora la posibilidad de que los proponentes no actúen en forma seria en licitaciones, propuestas o subastas, tanto públicas como privadas.
Fiel Cumplimiento de Contrato: cauciona el incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cualquier obligación del contrato en general, oscilan entre el 3% y el 10% del valor total del contrato.
Canje Retenciones: garantía de término de obra, permite que un contratista pueda obtener el pago de las retenciones efectuadas a los estados de pago contractuales, las retenciones, generalmente oscilan entre el 5% y el 15% del valor total del contrato. Este seguro tiene el beneficio de no utilizar el capital de trabajo del contratista, desahogándolo financieramente y facilitando la terminación del trabajo o servicio motivo del contrato.
Buena Ejecución: Garantía de término de obra (mantenimiento o sostenimiento), normalmente es del orden del 5% del valor total del contrato, con plazos de hasta 2 años.
Urbanizaciones: Son garantías utilizadas para caucionar las obras de urbanización de un proyecto de construcción, tales como: Pavimentación; Electricidad y Alumbrado público; Alcantarillado aguas lluvias; Alcantarillado agua potable; Arborización o paisajismo; Capacidad vial; etc. Estas deben ser rendidas frente a la Municipalidad correspondiente y normalmente son por el 100% del valor de las obras.
Contratos de Promesa de Compraventa en Verde: garantiza la obligación del afianzado de otorgar el contrato definitivo de compraventa o restituir al asegurado los dineros anticipados, en los casos y términos previstos en las condiciones generales de la póliza, de conformidad con el contrato de promesa de compraventa suscrito por las partes.
Almacén Particular de Importación: el régimen de almacén particular consiste en el ingreso al país de mercaderías extranjeras, para su mero depósito en recintos a cargo del consignatario, sin pago previo de los derechos, impuestos y demás gravámenes que causen en su importación, conforme lo dispuesto en la Resolución N° 3137, de fecha 14/08/2001, de la Dirección Nacional de Aduanas.
Admisión Temporal de Mercaderías: el régimen de admisión temporal consiste en el ingreso al país de mercaderías o maquinarias extranjeras, para su explotación en territorio nacional, sin pago previo de los derechos, impuestos y demás gravámenes que causen en su importación, conforme a lo dispuesto en la Resolución N° 4465, de fecha 29/11/2001, de la Dirección Nacional de Aduanas.
Depósitos Francos Aeronáuticos: para garantizar el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 5969 de fecha 21 de Noviembre de 2006, de la Dirección Nacional de Aduanas, respecto del Régimen de Depósitos Francos Aeronáuticos.
Administradoras Generales de Fondos: garantiza el correcto cumplimiento de las obligaciones que el Administrador de Fondos de Terceros y carteras individuales tuviere en razón de la administración de fondos de terceros y la indemnización de los perjuicios que de su inobservancia resulten, de acuerdo a lo previsto en el artículo 12 de la Ley N°27.712.
Administradoras de Mutuos Hipotecarios: para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones como Agente Administrador de Mutuos Hipotecarios Endosables, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Circular N° 811, de 22 de Julio de 1988, de la Superintendencia de Valores y Seguros.
Garantías Para la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante: para garantizar el fiel cumplimiento del contrato con la finalidad de cubrir los costos de retiro de las obras o construcciones adheridas al suelo que quedaren Instaladas o sin retirar al término o caducidad de la Concesión Marítima.
¿Cómo operar?
- Curriculum y/o antecedentes históricos de la Empresa.
- Antecedentes Financieros.
- Antecedentes Legales.
Principales clientes y beneficiarios
Accede a nuestra Red de Oficinas
Localiza tu oficina más cercana y recibe información personalizada